Primeramente, el juez dicto SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad de comercio Knoll Gomas Industriales C.A. contra la sentencia definitiva Nro. 1.622 dictada por el Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 11 de marzo de 2014, la cual declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la prenombrada empresa el 6 de octubre de 2011 contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2011/2948 del 15 de julio de 2011, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en la que fue declarado sin lugar el recurso jerárquico incoado por la cpor la contribuyente contra la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DR-ACOT-RET-2008-876 del 21 de agosto de 2008, y se confirmaron las multas impuestas conforme al artículo 113 del Código Orgánico Tributario de 2001, en virtud del enteramiento tardío de las retenciones practicadas en materia de impuesto al valor agregado. en consecuencia, se CONFIRMA la sentencia apelada, la cual queda definitivamente firme.
También quedo sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la contribuyente contra la indicada Resolución Nro. SNAT/INTI/GRTI/RCA/DJT/CRA-2013-000236 de fecha 11 de junio de 2013, la cual queda FIRME.
Y por ultimo la sociedad de comercio contribuyente Knoll Gomas Industriales C.A. se condena en costes procesal, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario de 2001, las cuales se imponen en el monto equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía de dicho recurso.
El contribuyente a través de su representación judicial para defenderse de la decisión de la Administración Tributaria, solicitó el recurso contencioso tributario y una medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo impugnado.
A pesar de esto el Tribunal de mérito declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la representación judicial de la empresa Knoll Gomas Industriales, C.A., contra la Resolución Nro. SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2011/2948 de fecha 15 de julio de 2011, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), quedando en consecuencia firme el señalado acto administrativo.
La empresa Knoll Gomas Industriales, inicialmente incurrió en un ilícito material, descrito en el Articulo 113 del Código Orgánico Tributario, el cual se refiere al enteramiento tardío de las retenciones efectuadas en materia de impuesto al valor agregado. Cabe destacar que este ilícito es sancionado por el ya mencionado Código Orgánico Tributario, con una multa equivalente al cincuenta por porciento (50%) de los tributos retenidos o percibidos por cada mes de retraso en su enteramiento, hasta un máximo de quinientos por ciento (500%).
A pesar de que la Administración Tributaria dictara su sentencia con lo que respecta este ilícito, en la Jurisprudencia, la empresa Knoll Gomas Industriales esta apelando por el factor de calculo que va a utilizarse para la determinación del monto a pagar.
Fuentes del Derecho Tributario
1. Ley: Es el mandato de carácter general emanado del órgano del Estado a quien Corresponde la función legislativa, mediante el proceso establecido en la Constitución.
2. Decreto de Ley: Norma con rango de Ley emanada del poder ejecutivo sin que medie intervención u autorización previa de un parlamento.
3. Reglamento: Conjunto Ordenado de Reglas dictado por la autoridad competente para la ejecución de una ley para el funcionamiento de una corporación, servicio o cualquiera actividad.
4. Providencias Administrativas: Acto que es llevado a cabo mediante las decisiones de la administración, no tiene carácter de decretos y resoluciones.
Es el acto jurídico donde intervienen dos partes (un sujeto activo y un sujeto pasivo), en el cual se cumple con una deuda que pesa sobre el deudor (sujeto pasivo).
Los terceros pueden efectuar el pago por los sujetos pasivos, con su conformidad expresa o tácita, subrogándose en lo derechos del sujeto activo para reclamar el reembolso de lo pagado a título de tributos, intereses, recargos y sanciones con las garantías legales, preferencias y privilegios sustanciales del crédito Tributario
Administración Tributaria
Es el ente encargado por el Ejecutivo Nacional para la recaudación y fiscalización de tributos así como la aplicación de medidas administrativas necesarias para asegurar el cumplimiento de las leyes tributarias.
Facultades de la Administración Tributaria:
•Recaudar, verificar, fiscalizar, determinar y liquidar los tributos.
•Registrar y actualizar datos de los contribuyentes.
•Otorgar licencias y permisos especiales para el ejercicio de ciertas actividades, las cuales son supervisadas y controlada por ellos.
• Aplicación e interpretación de las leyes tributarias a través de dictámenes, respuestas a consultas entre otros.
• Recopilación de datos económicos y estadísticos de la administración con los contribuyentes.
• Divulgación masiva de leyes, decretos, resoluciones y provincias de contenido tributario.
En Venezuela la organización encargada de la Administración Tributaria es el SENIAT ( Servicio Nacional Aduanero y Tributario), y éste obtiene los recursos para cubrir las necesidades estatales y mejorar las condiciones del mismo.
El presupuesto es un instrumento para la toma de decisión del sector público, sirve de soporte para la asignación de recursos y provee la base legal para la realización del gasto público.
Tiene como objetivo el cumplir con los planes de la nación a largo mediano y corto plazo; así mismo se pretende con él, minimizar costos dándole mejor uso a los recursos.
Principios del Presupuesto:
1) Anualidad: Indica que el presupuesto solo va dirigido a un año fiscal o ejercicio económico.
2) Anticipación: Indica que los entes encargados de la realización de presupuesto deben hacerlos previendo el gasto público y los ingresos futuros.
3) Sinceridad: Debe ir reflejado claramente los ingresos y egresos.
4) Unidad: Deben ser elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados bajo las mismas políticas presupuestarias.
5) Programación Presupuestaria: Se debe elaborar un plan con todas las actividades a realizar en las diferentes áreas de manera clara y precisa.
6) Publicidad: Todas las fases de presupuesto deben ser publicadas para que todos tengan conocimiento de las mismas.
Normativas:
En Venezuela las bases legales que rigen el presupuesto público y el proceso presupuestario en sí, presenta la siguiente jerarquización:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Ley de la Administración Financiera
Ley Orgánica de Régimen Municipal
Ordenanzas, acuerdos y resoluciones
Instructivos
La Hacienda Pública se encarga de administrar los bienes, rentas y deudas, que forman el activo y pasivo de la nación. Su finalidad es de cumplir con las necesidades comunes a los que la población no podría acceder de forma individual.
Fases de la Hacienda Pública
- Fase de Ingreso (recaudación): Se da en el momento en el cual el Estado tiene en su poder los recursos que van a hacer distribuidos a través de leyes para gastarlos.
- Fase de Gasto: Es dada partiendo del principio de legalidad por medio de una cantidad de normas como por ejemplo las leyes de presupuesto (¿En qué se debe gastar? Y ¿Cómo se debe gastar?)
- Fase de Administración: Es una fase permanentemente del Estado y del Fisco Nacional. Tiene como finalidad el manejo, resguardo y custodia de los recursos de cómo van a ser gastados.
La merma de la industria petrolera causo en el territorio venezolano un fuerte golpe para la economía, pues el petróleo fuente principal de nuestra economía no fue aprovechado correctamente por ningún gobernante, me refiero a que no utilizaron la ganancia para invertir en conocimiento para el personal que laboraba en dichas empresas petroleras, tampoco se invirtió más en la adquisición de maquinaria nueva, ni se realizaban los mantenimientos adecuados de la maquinaria ya existente, lo que ocasiono un gran deterioro en todas las plantas y refinerías del país, y lo más importante no se invirtió en otras áreas productivas como la agricultura, ganadería, minería y hasta turismo, para que no dependiéramos siempre de solo la producción y venta del crudo y sus derivados.
Al no tomarse las precauciones a tiempo, trae como consecuencia la disminución la industria petrolera y nuestra economía sufre un gran declive, que puede ser evidenciado hoy en día, donde la gasolina que producíamos años atrás, debemos comprarla a países extranjeros a alto costo y en poca cantidad para la demanda del país.
Fue mucha la influencia que generó la empresa petrolera en Venezuela; al transcurrir los años queda atrás ese venezolano de sombrero de paja y se comienza a formar un hombre encargado de ciertas responsabilidades donde obtiene capacitación requerida para manejar las empresas petroleras. Nacen en Venezuela nuevos deportes, donde los destacados eran beisbol y el atletismo, se construyen escuelas, hospitales, clubes, comisariatos (centros de alimentos a bajo costo), fabricación de carreteras para un mejor traslado para el venezolano.
El petróleo creo un gran impacto social para el venezolano, y
éste se vio obligado a la creación de leyes para controlar y organizar las
ganancias del petróleo, esta ley creada en 1943 se llamó Ley de Hidrocarburos.
La industrialización Petrolera en Venezuela inicia en 1912 cuando el presidente Juan Vicente Gómez concede a los extranjeros entrar en territorio Venezolano y así emprendieran la búsqueda del petróleo. Fue así como Ralph Arnold y su equipo encuentran el primer pozo “La Alquitrana” (dicho pozo ya existía pero solo se extraía kerosene), éstos toman la decisión de traer maquinaria para la extracción del crudo. Posterior a este descubrimiento se dieron múltiples hallazgos de pozos que venían a dar un gran giro a la economía venezolana, puesto que el venezolano, pasaría de ser campesino a ser “petroleros”, dejando a un lado la economía agrícola.
La primera empresa petrolera venezolana era Petrolia del Táchira, fundada por Don Pedro Rafael Rincones en 1878, sin embargo lo que se producía de ésta eran solo unos pocos litros del crudo. Posteriormente con la llegada de Arnold y los hallazgos de los nuevos pozos, se crea la primera empresa petrolera extranjera llamada “General Asfhalt” fundada por Ralph Arnold en 1911, dando inicio a la Industrialización del petróleo, donde se irían creando nuevas empresas petroleras (Caribbean Petroleum Company, Royal Dutch Shell). Por años el crudo fue extraído y refinado por extranjeros, donde los principales derivados de éste eran kerosene, combustible y materia prima. Se debe resaltar que luego de la muerte de Juan Vicente Gómez se crearon nuevas leyes petroleras, donde Venezuela exigía mejorar las condiciones para el estado y aumentar las participaciones de las enormes ganancias de las compañías.
Venezuela ha
sido un país cuyos problemas radican siempre en la alta gerencia del mismo, puesto
que sus gerentes han tomado ciertas decisiones a lo largo del tiempo que
afectan su economía.